La Ley General de Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes garantiza, entre otros, como derechos de este grupo poblacional el de tener una identidad, esto es, contar con un nombre y los apellidos que le correspondan, así como a ser inscritos en el Registro Civil, contar con una nacionalidad y preservar su identidad.
Estos derechos protegidos para las niñas, niños y adolescentes, entre muchos otros, son la base de un desarrollo en armonía, se destaca el contar un nombre, puesto que ello conforma su identidad no solo jurídica o legal, sino que le constituye psíquicamente, al igual que contar con una nacionalidad.
Tomando como antecedente lo señalado, podríamos realizar un símil entre la importancia de la identidad (Nombre y nacionalidad registrados) para la conformación de una persona, como para la conformación de una nación, de un grupo de naciones o grupos poblacionales que guardan similitudes culturales.
En estos términos, resulta conveniente y aún necesario que las naciones en donde se hablan lenguas derivadas del latín (español, portugués y francés) y pertenecientes al continente americano sean agrupadas bajo una misma denominación, en este caso dicha denominación deberá ser América Latina, que además excluiría a los países europeos evitando así el eurocentrismo.
Una denominación común a los países que guardan un pasado común como la conquista, un pasado indígena y el mestizaje será factor de conformación de una identidad común, que fortalecerá la estructuración psíquica como naciones libres.
Por otra parte, una denominación común a nuestro espacio territorial facilitaría el estudio y comprensión de la identidad que nos caracteriza, así disciplinas como la filosofía tendrían un desarrollo regional que hablara de aquello que nos distingue como grupo que comparte un pasado común y busca un futuro basado en su identidad particular.