Aviones Kamikaze se enfilan contra la moral Kantiana

El día 11 de septiembre de 2001, cuatro aeronaves de pasajeros fueron secuestradas por un grupo terrorista, dos de ellas acabaron estrellándose contra el World Trade Center de Nueva York, otra contra el Pentágono y la cuarta en un terreno despoblado cerca de Pittsburgh (Pennsylvania), todo hace suponer que los pasajeros y la tripulación intentaron recuperar el control del avión y en su tentativa se estrellaron; en total los sucesos cobraron la vida de más de tres mil personas.

Para la prevención de eventos de este tipo, las autoridades alemanas adoptaron diversas medidas encaminadas a garantizar la seguridad en su espacio aéreo; en el año 2003 comenzó a funcionar en Kalkar am Niederrhein un centro de información y coordinación que debía servir para prevenir los peligros derivados de aeronaves secuestradas con el fin de ser utilizadas como armas kamikazes, además se promulgó la Ley de seguridad aérea (Luftsicherheitsgesetz — LuftSiG) de 11 de enero de 2005, la cual contiene un precepto que llama poderosamente la atención, se trata del artículo 14 que permite a las autoridades federales ordenar el derribo de una aeronave cuando, a la vista de las circunstancias, pueda concluirse que va a ser utilizada contra la vida de las personas y esta medida constituya la única manera de evitar dicho peligro.

Es claro que esta disposición autoriza el uso de las armas para abatir el correspondiente avión, aun en el caso de que en él se encuentren inocentes y el ataque armado les ocasione la muerte.

El asunto planteado contiene una profunda cuestión ética, ¿al Estado le está permitido matar a uno varios inocentes para salvar a un número mayor de inocentes?

Para resolver esta cuestión es pertinente remitirnos a la moral Kantiana, a través de su imperativo categórico “Obra de tal modo que trates a la humanidad, tanto en tu persona como en la de cualquier otro, siempre como un fin y nunca solamente como un medio”  (Kant) de tal forma que toda persona puede exigir ser reconocido en el seno de la comunidad como un miembro igualmente legitimado y con valor propio, bajo esta categoría la obligación de respetar y de proteger la dignidad humana excluye en general hacer del hombre un simple objeto del Estado.

Así, está sencillamente prohibido cualquier tratamiento del ser humano por parte del poder público que ponga en cuestión su cualidad de sujeto, su estatus de sujeto de Derecho, desconociendo la consideración del valor que corresponde a todo ser humano por sí mismo, por el hecho de ser persona.

Por otra parte, tenemos el imperativo Kantiano: “Obra solo según una máxima tal, que puedas querer al mismo tiempo que se torne en ley universal” (Kant) esto no quiere decir otra cosa que nuestro actuar habilita a la humanidad para actuar de esa misma forma, si por ejemplo mentimos, el imperativo indica que estamos habilitando o autorizando a todos a mentir, en el caso particular, sí permitimos que el Estado trate a los ciudadanos como medios aún y para el beneficio de otros ciudadanos, se está habilitando a todos a la cosificación de nuestros semejantes.

Al utilizarse una muerte como un medio para salvar a otras personas, se les cosifica, al disponer el Estado de su vida, se les niega el valor que a los humanos les corresponde por sí mismos, de lo que resulta ilícito ponderar vida contra vida, en función de cuántas personas vayan a morir posiblemente si el Estado toma una u otra decisión, resulta inadmisible actuar en virtud de un cálculo utilitarista de las vidas de los ocupantes del avión y de quienes se encuentran en tierra.

Cuando se encuentra en debate la vida de las personas, los razonamientos cuantitativos no son válidos, según la moral Kantiana, puesto que cada vida tiene un valor inconmensurable, de tal forma que una vida no vale menos que cinco vidas, cada persona tiene un valor que no puede ser cuantificado.

Por lo que hace al problema netamente jurídico, los tribunales alemanes declararon inconstitucional la Ley de Seguridad aérea; por lo que hace al tema ético filosófico aparece como vigente en la coyuntura en la cual se encuentra nuestro país, la guerra contra el narcotráfico y en general contra el crimen organizado, en donde las autoridades recurren a torturas para la obtención de información y en lo social pareciera que existe la tendencia generalizada a la obtención de beneficios a costa de los otros, claro ejemplo de ello es la corrupción; el imperativo de tratar a los otros como fines y nunca solamente como un medio debería guiar la conducta social en un país que por momentos pareciera rebasado por los altos índices de pobreza, marginación, feminicidio y homicidios en general.

Bibliografía

Doménech Pascual, Gabriel. «¿Puede el Estado abatir un avión con inocentes a bordo para prevenir un atentado Kamikaze?» Revista de Administración Pública (2006): 389-425. Documento.

Kant, Immanuel. Fundamentación de la Metafísica de las Costumbres, 1785. España: Alianza Editorial, 2000. Documento.

 

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