En septiembre de 1916, Venustiano Carranza, en calidad de Jefe del Ejército Constitucionalista y encargado del Poder Ejecutivo de la República, modificó algunos de los artículos y el Plan de Guadalupe de 1914 para dar paso a la conformación de un Congreso Constituyente. El Congreso Constituyente se instaló en diciembre de 1916, en el Teatro Iturbide de Querétaro, después de un proceso electoral organizado para analizar el proyecto constitucional que Venustiano Carranza envió para su deliberación.
Mencionar que en el proyecto del Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, no figuraba la idea de redactar una nueva “Carta Magna”, sino solamente reformar el texto que hasta ese momento estaba vigente, el cual era la Constitución de 1857.
En el texto redactado por el autor del Plan de Guadalupe se reconoce que: “a pesar de la bondad indiscutible de los principios en que descansa la Constitución de 1857 y del alto que aspira a realizar lo que era el Gobierno de la Nación, continuará siendo inadecuada para la satisfacción de las necesidades públicas, y muy propicia para volver a seguir otra tiranía igual o parecida a las que con demasiada frecuencia ha tenido el país”.
Por otra parte, el proyecto de reformas enviado por Carranza al Congreso de 1917 no consideró la inclusión de derechos sociales en el texto constitucional, por lo que el Congreso Constituyente decidió ir más allá e incluyó en el texto, en el proyecto final, lo significativo a la promoción de la educación pública gratuita y laica, a la regularización de la tenencia y propiedad de la tierra por parte del Estado Mexicano y los tipos de propiedad, también a la regulación de los derechos laborales, como derechos inalienables protegidos jurídicamente por el Estado.
La redacción de los artículos 3, 27 y 123, le dieron al texto constitucional de 1917 su carácter social y garantista, el cual fue de gran influencia, junto a la Constitución alemana de Weimar de la época de diversos países.
No obstante, la Carta Magna vigente ha sufrido diversas adecuaciones a lo largo del tiempo, hasta el momento, 251 decretos de reformas a diversos artículos constitucionales, este producto de la necesidad de adaptar su contenido a los cambios que ha venido experimentado la sociedad mexicana a poco más de un siglo de su aprobación.